jueves, 23 de octubre de 2008

¿Qué es el Recibo por Honorarios Electrónico?

Es el comprobante de pago que debe emitir el trabajador independiente que preste sus servicios por el ejercicio individual de su profesión, arte, ciencia u oficio. Estos ingresos generan rentas de cuarta categoría, de acuerdo a la legislación del Impuesto a la Renta.
El Recibo por Honorarios Electrónico no es un nuevo comprobante de pago, es el mismo Recibo por Honorarios que se emite de manera física, con la diferencia que en este caso, su generación será a través del Sistema de Emisión Electrónica (SEE).

Características del Recibo por Honorarios Electrónico:
Es emitido por el trabajador independiente que opte por afiliarse al Sistema de Emisión Electrónica (SEE), quien adquiriere la condición de emisor electrónico.
La información del documento, al ser electrónico, estará expresado en bits dentro de un archivo digital, siendo su soporte distinto al tradicional (papel).
Su serie será única y alfanumérica, identificándose con los siguientes 4 caracteres: E001.
Su numeración será automática y correlativa, siendo generada de manera cronológica por el Sistema de Emisión Electrónica.
Contiene un mecanismo de seguridad generado por medios electrónicos que añadido y/o asociado al documento, garantiza su autenticidad e integridad.

domingo, 5 de octubre de 2008

Un lenguaje contable global


Por Luis Montero. Contador*

Mucho se ha hablado de globalización y los retos que plantea. Los países más avanzados en este aspecto han marcado ciertas pautas que se orientan especialmente a la homogeneización de los términos de intercambio.


Desde la perspectiva contable consideramos oportuno advertir sobre una tarea pendiente. De acuerdo con la Ley General de Sociedades, las empresas en el Perú están obligadas a preparar sus estados financieros de acuerdo con PCGA en el Perú que corresponden a las NIIF, oficializadas en nuestro país por el Consejo Normativo de Contabilidad. De lo anterior podría concluirse que los estados financieros de las empresas en el Perú se preparan de acuerdo con las NIIF. Desafortunadamente esto no es correcto. En el Perú preparamos estados financieros de acuerdo con las NIIF aprobadas por el CNC; en buena cuenta, de acuerdo con principios de contabilidad aceptados en el Perú.



¿Significa esto que estamos hablando de marcos contables diferentes que no producen la misma información?
Las empresas peruanas necesitan dar ajustes en sus estados financieros para que se pueda notar que usan las NIIF . Las normas internacionales exigen que es necesario que las empresas hayan aplicado, sin excepción, todas las NIIF emitidas por el International Accounting Standard Board (IASB) y vigentes internacionalmente a la fecha de los estados financieros.
Pese al esfuerzo del CNC por oficializar las normas en el menor plazo posible desde que estas son aprobadas en el ámbito internacional, actualmente mantenemos un desfase en la adopción de las NIIF 7 y 8 y de todas las IFRIC (interpretaciones de las normas internacionales, 14 emitidas a la fecha).




En el Perú las consecuencias de la plena adopción de las normas internacionales ha sido experimentada solo por empresas que deciden listar sus acciones en bolsas internacionales. Estas empresas han tenido que llevar a cabo grandes esfuerzos para procesar su información financiera de modo que se adapte a los requerimientos de las NIIF; los estados financieros que resultaron del proceso se auditaron y adicionalmente se tuvo que formar un equipo y delinear los procedimientos que les permitiera producir la información financiera periódica. Pero no son solamente las empresas que cotizan sus valores en el exterior las afectadas por la coyuntura peruana sobre las NIIF. En efecto, los capitales extranjeros interesados en invertir en empresas peruanas solicitan información financiera a sus prospectos de inversión. Como es lógico, lo primero que revisarán es la información financiera publicada y proyectada. Posteriormente querrán tener la seguridad de que la información a la que tienen acceso refleja la situación financiera bajo las normas que conocen; por lo general las NIIF.


http://www.elcomercio.com.pe/edicionimpresa/Html/2008-05-07/un-lenguaje-contable-global.html

NUEVA LEY MYPE D. LEG Nº 1086


La nueva Ley de la Micro y Pequeña Empresa (mype) entrará en vigencia el 1 de octubre, debido a que su reglamento quedó listo para su publicación, anunció el titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Mario Pasco Cosmópolis. “Definir este reglamento fue resultado de un intenso debate con diversos ministerios, anoche en el despacho del Ministerio de Economía y Finanzas dejamos ajustados los últimos aspectos que estaban pendientes”, comentó. Dijo que el reglamento será publicado el 30 de este mes para que entre en vigencia al día siguiente. Pasco enfatizó que la entrada en vigencia de esta nueva ley favorecerá el desarrollo de las mype en el Perú. Destacó que esta norma establece un régimen simplificado tributario que elimina para el microempresario la necesidad de llevar una contabilidad completa. “Lo reduce un único libro de ingresos y egresos para facilitar este proceso de control”, mencionó. Además, refirió que genera un régimen especial laboral que no asfixia al microempresario y que le permite trabajar y al mismo tiempo reconoce y asegura los derechos fundamentales de los trabajadores.Presencia“Debemos tener presente que este grupo de empresas representa el 42 por ciento del Producto Bruto Interno (PBI) y el 97 por ciento del total de la actividad empresarial en el país”, dijo. Además, refirió que la Ley mype debe verse como la perspectiva de una política de Estado que trasciende a los gobiernos. “Se trata de un tema que compromete al Estado en todas sus instancias. También compromete a toda la sociedad en su conjunto”, aseveró. Promotor de la formalizaciónPasco destacó que la implementación de la nueva ley facilitará y promoverá la formalización de las mype. “En 72 horas, en una única ventanilla y llenando un solo formulario y haciendo un único pago; una mype podrá constituirse de manera adecuada.” Pasco destacó que este gran avance se complementará con una mejor política de capacitación de las mype. También reconoció que es primordial facilitar el acceso al crédito, con el fin de asegurar los recursos financieros que precisan estas empresas para salir adelante en el mercado.
Fuente:
Diario Oficial “El Peruano”. Edición del Jueves 25.09.2008http://www.elperuano.com.pe/